NOTICIA
Sentencia del 17 de noviembre de 2025 (La Liga contra usuarios)
Jueves, 05 de Febrero del 2026
Este auto judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Córdoba se limita a autorizar unas diligencias preliminares de identificación de titulares de líneas, dirigidas exclusivamente frente a las operadoras de telecomunicaciones listadas en la parte dispositiva.
En ningún momento declara la responsabilidad de los usuarios finales ni habilita a LaLiga para calificarlos como infractores ni para exigirles el pago de 265 euros para evitar acciones judiciales.
El propio magistrado subraya que la resolución “no tiene por objeto declarar la responsabilidad por haber cometido una infracción de ninguna persona”, sino únicamente “habilitar un acceso a información necesaria”, quedando a salvo la defensa de cualquier usuario en el eventual juicio que pudiera interponerse.
Utilizar estos datos para enviar cartas masivas de “pago anticipado” de 265 euros, bajo la amenaza genérica de acciones judiciales, supone desnaturalizar la finalidad estrictamente preparatoria de las diligencias del artículo 256.1.11 LEC.
Esa estrategia se aproxima a un ejercicio abusivo del derecho, en cuanto convierte un mecanismo excepcional de identificación en un instrumento de presión económica extrajudicial sobre consumidores a los que ningún órgano jurisdiccional ha declarado responsables.
El auto vincula expresamente el uso de la información a la tutela jurisdiccional de los derechos de propiedad intelectual, prohibiendo su divulgación o comunicación a terceros con fines distintos, lo que refuerza que no ampara campañas intimidatorias de cobro previo.
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